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Legislación histórica mallorquina: época medieval y moderna

Legislación histórica mallorquina: época medieval y moderna

Legislación histórica mallorquina: época medieval y moderna


En 1276, a la muerte de Jaime I el Conquistador, nace el reino de Mallorca como territorio cedido a su segundo hijo varón, Jaime II de Mallorca; territorio complejo al englobar el Rosellón, la Cerdaña y el señorío de Montpellier. No obstante, el punto de partida para el nacimiento del derecho mallorquín puede fijarse con la reconquista de la isla en 1229: así, es piedra angular del ordenamiento jurídico del territorio la Carta de Población otorgada por Jaime I el 1 de marzo de 1230, poco después de la conquista de la ciudad de Mallorca, texto reproducido en la obra que el lector tiene en sus manos. Hasta su desaparición en 1343, la condición de feudo del reino de Mallorca respecto al reino de Aragón condicionaría su capacidad de producción normativa, al no contar Mallorca con Cortes propias. No obstante, a partir de 1343 y a pesar de los avatares históricos, la autonomía jurídica mallorquina subsistiría hasta los Decretos de Nueva Planta de Felipe V. Prueba de ello son las dos grandes recopilaciones del derecho mallorquín en época moderna bajo los Austrias: la de 1622, que también reproduce esta obra, y las Ordinacions de Moll de 1663. El estudio de Antonio Planas Rosselló permite al lector tener una visión forzosamente general, pero aun así completa, de la evolución jurídica del reino como territorio singular de la corona aragonesa.

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En 1276, a la muerte de Jaime I el Conquistador, nace el reino de Mallorca como territorio cedido a su segundo hijo varón, Jaime II de Mallorca; territorio complejo al englobar el Rosellón, la Cerdaña y el señorío de Montpellier. No obstante, el punto de partida para el nacimiento del derecho mallorquín puede fijarse con la reconquista de la isla en 1229: así, es piedra angular del ordenamiento jurídico del territorio la Carta de Población otorgada por Jaime I el 1 de marzo de 1230, poco después de la conquista de la ciudad de Mallorca, texto reproducido en la obra que el lector tiene en sus manos. Hasta su desaparición en 1343, la condición de feudo del reino de Mallorca respecto al reino de Aragón condicionaría su capacidad de producción normativa, al no contar Mallorca con Cortes propias. No obstante, a partir de 1343 y a pesar de los avatares históricos, la autonomía jurídica mallorquina subsistiría hasta los Decretos de Nueva Planta de Felipe V. Prueba de ello son las dos grandes recopilaciones del derecho mallorquín en época moderna bajo los Austrias: la de 1622, que también reproduce esta obra, y las Ordinacions de Moll de 1663. El estudio de Antonio Planas Rosselló permite al lector tener una visión forzosamente general, pero aun así completa, de la evolución jurídica del reino como territorio singular de la corona aragonesa.

Datos del producto

Editorial: BOE
ISBN: 9788434024649
Publicación: 03/2018
Formato: Cartoné
Idioma: Español
Número de páginas: 224

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