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Poderes de investigación de la Comisión Nacional de la Competencia

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La CNC está llevando a cabo una política de control intensivo y proactivo del cumplimiento de la Ley de Defensa de la Competencia, centrando sus esfuerzos en la persecución de los cárteles. Las inspecciones domiciliarias y el programa de clemencia han sido los dos pilares de esta nueva política. En cuanto a las primeras, las cifras hablan por sí solas, mientras que en el periodo 2002-2006 el Servicio de Defensa de la Competencia efectuó 29 inspecciones, la Dirección de Investigación ha realizado 126 entre 2007 y 2011. Esta nueva práctica de aplicación de la LDC se ha revelado exitosa pues ha conducido a un mayor número de Resoluciones sancionadoras, con multas más elevadas. Además, los jueces y tribunales han validado, en la gran mayoría de los casos, la forma en la que CNC ha desarrollado sus inspecciones. No obstante, algunas sentencias han cuestionado también determinados aspectos de la actuación inspectora de la CNC. Este cuerpo jurisprudencial será objeto de análisis en este artículo. En particular, se abordan las siguientes cuestiones: (i) descripción de cómo se desarrolla una inspección; (ii) control de la Orden de Investigación por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo; (iii) objeto de la inspección y hallazgos casuales; (iv) documentos privilegiados; (iv) derecho a la intimidad de los trabajadores; (v) búsquedas informáticas; (vi) sanciones por obstrucción a la inspección; y (vii) requerimientos de información. También se ofrecerán algunas sugerencias que podrían ayudar a que los derechos de defensa de las empresas quedaran plenamente garantizados, sin menoscabo de la eficacia de la actuación inspectora.

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La CNC está llevando a cabo una política de control intensivo y proactivo del cumplimiento de la Ley de Defensa de la Competencia, centrando sus esfuerzos en la persecución de los cárteles. Las inspecciones domiciliarias y el programa de clemencia han sido los dos pilares de esta nueva política. En cuanto a las primeras, las cifras hablan por sí solas, mientras que en el periodo 2002-2006 el Servicio de Defensa de la Competencia efectuó 29 inspecciones, la Dirección de Investigación ha realizado 126 entre 2007 y 2011. Esta nueva práctica de aplicación de la LDC se ha revelado exitosa pues ha conducido a un mayor número de Resoluciones sancionadoras, con multas más elevadas. Además, los jueces y tribunales han validado, en la gran mayoría de los casos, la forma en la que CNC ha desarrollado sus inspecciones. No obstante, algunas sentencias han cuestionado también determinados aspectos de la actuación inspectora de la CNC. Este cuerpo jurisprudencial será objeto de análisis en este artículo. En particular, se abordan las siguientes cuestiones: (i) descripción de cómo se desarrolla una inspección; (ii) control de la Orden de Investigación por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo; (iii) objeto de la inspección y hallazgos casuales; (iv) documentos privilegiados; (iv) derecho a la intimidad de los trabajadores; (v) búsquedas informáticas; (vi) sanciones por obstrucción a la inspección; y (vii) requerimientos de información. También se ofrecerán algunas sugerencias que podrían ayudar a que los derechos de defensa de las empresas quedaran plenamente garantizados, sin menoscabo de la eficacia de la actuación inspectora.

Datos del producto

ISBN: 9788415382911
Publicación: 01/2013
Formato: Papel
Idioma: Español
Número de páginas: 67

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