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El delito de intrusismo profesional - Singular ilícito penal

El delito de intrusismo profesional - Singular ilícito penal

El delito de intrusismo profesional - Singular ilícito penal


El delito de intrusismo profesional aparece regulado en el artículo 403 del vigente Código Penal de 1995. Intentamos verificar un compendio actualizado de las diversas posturas doctrinales forjadas alrededor de la naturaleza y condiciones del bien jurídico atribuible a este singular ilícito penal. Preocupados tanto por lo que significa una transposición de personalidad como por la efectiva conjuración de un panorama de daños emanante de torpes o falaces intervenciones criminales. Llevamos a término un estudio completo, plenamente realizativo, del delito de intrusismo, en sus varias modalidades -delito básico, tipo privilegiado y falta de intrusismo- siempre a través de su vislumbre jurisprudencial y examen pormenorizado de la pluralidad de supuestos que la realidad ofrece. El arco de profesionalidad intrusa es amplio y sugerente. Los Tribunales, jueces, abogados ejercientes, Colegios Profesionales, instituciones sociales, encontrarán en estas páginas claridad y guía en la solución de una problemática compleja y exigente. La promulgación del Código Penal de 1995 nos pone en guardia sobre el enfoque padecido por el artículo 324 del Código que le precede, condicionante de la más acertada interpretación y operatividad del artículo 403 del actual texto. Francisco Soto Nieto. Es natural de Cartagena, cursando los estudios de Derecho en la Universidad de Murcia, en la que obtuvo el grado de Doctor. Pertenece a la Carrera Judicial, habiendo desempeñado, entre otros, los cargos Juez de primera Instancia de Cocentaina y Santa Coloma de Farnés, Magistrado de la Audiencia Territorial de Albacete, Presidente de la Audiencia Provincial de Gerona y Magistrado del Tribunal Supremo. Es Miembro de Honor de la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Cataluña. Ha publicado diversas obras jurídicas, entre las que destacan «Derecho Vivo. Jurisprudencia comentada», «La responsabilidad civil en el accidente automovilístico», «Imágenes y Justicia. El Derecho a través del cine» (coautor) y «Entre Dios y los hombres. La práctica médica y científica, a través del cine» (coautor). Colabora en varias revistas jurídicas así como en el diario ABC con artículos de interés social, jurídico y literario. Bien informado del cine de cariz jurídico, el mismo es citado con frecuencia en sus trabajos.

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El delito de intrusismo profesional aparece regulado en el artículo 403 del vigente Código Penal de 1995. Intentamos verificar un compendio actualizado de las diversas posturas doctrinales forjadas alrededor de la naturaleza y condiciones del bien jurídico atribuible a este singular ilícito penal. Preocupados tanto por lo que significa una transposición de personalidad como por la efectiva conjuración de un panorama de daños emanante de torpes o falaces intervenciones criminales. Llevamos a término un estudio completo, plenamente realizativo, del delito de intrusismo, en sus varias modalidades -delito básico, tipo privilegiado y falta de intrusismo- siempre a través de su vislumbre jurisprudencial y examen pormenorizado de la pluralidad de supuestos que la realidad ofrece. El arco de profesionalidad intrusa es amplio y sugerente. Los Tribunales, jueces, abogados ejercientes, Colegios Profesionales, instituciones sociales, encontrarán en estas páginas claridad y guía en la solución de una problemática compleja y exigente. La promulgación del Código Penal de 1995 nos pone en guardia sobre el enfoque padecido por el artículo 324 del Código que le precede, condicionante de la más acertada interpretación y operatividad del artículo 403 del actual texto. Francisco Soto Nieto. Es natural de Cartagena, cursando los estudios de Derecho en la Universidad de Murcia, en la que obtuvo el grado de Doctor. Pertenece a la Carrera Judicial, habiendo desempeñado, entre otros, los cargos Juez de primera Instancia de Cocentaina y Santa Coloma de Farnés, Magistrado de la Audiencia Territorial de Albacete, Presidente de la Audiencia Provincial de Gerona y Magistrado del Tribunal Supremo. Es Miembro de Honor de la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Cataluña. Ha publicado diversas obras jurídicas, entre las que destacan «Derecho Vivo. Jurisprudencia comentada», «La responsabilidad civil en el accidente automovilístico», «Imágenes y Justicia. El Derecho a través del cine» (coautor) y «Entre Dios y los hombres. La práctica médica y científica, a través del cine» (coautor). Colabora en varias revistas jurídicas así como en el diario ABC con artículos de interés social, jurídico y literario. Bien informado del cine de cariz jurídico, el mismo es citado con frecuencia en sus trabajos.

Datos del producto

Editorial: Aranzadi
ISBN: 9788490140703
Publicación: 06/2012
Formato: Rústica
Idioma: Español
Número de páginas: 240

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