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Eficiencia procesal. Modernización de la Justicia

Eficiencia procesal. Modernización de la Justicia

Eficiencia procesal. Modernización de la Justicia


El Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Públicode Justicia, está tramitándose en el momento en que los autores escriben sobre el mismo. Este Anteproyecto se ubica dentro del denominado “Plan Justicia2030” el cual hace alusión a la agenda 2030 de las Naciones Unidas que incorpora la paz y la seguridad entre sus 17 objetivos, uno de ellos, el ODS 16 incide en “Promover sociedades pacíficas, justas e inclusivas”. La presente obra se focaliza en las novedades que se proponen para los medios adecuados de solución de controversias (MASC) que se incluyen en su titulo primero. Es el aspecto fundamental de esta reforma. En realidad, en nuestro ordenamiento jurídico ya se dispone de regulación, de un lado, de la mediación, regulada en la Ley 5/2012, de 6 de julio y en el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, de otro lado; de la conciliación, a que se refiere la Ley 15/2015, de2 de julio, la Ley de la jurisdicción voluntaria, teniendo en cuenta además que, las leyes de enjuiciamiento prevén la actividad conciliadora de los tribunales en diversos momentos del procedimiento. En la mediación y en la conciliación (ahora se le llama conciliación privada) hay modificaciones al mismo tiempo que se regulan aspectos nuevos y se proponen otros medios adecuados de solución de controversias como son la oferta vinculante confidencial, la opinión de un experto independiente, y aquellas que se establecen en la legislación especial, pero es que, además, deja abierta la puerta a la introducción de otras vías negociales. En este escenario, los prologuistas y autores nos recuerdan el valor de los MASC, también del proceso, señalando que son plenamente compatibles. La gran aportación de este trabajo es la de fijar ideas novedosas para la practica judicial, para la sociedad, para los ciudadanos, con una vocación de permanencia en el tiempo, señalando que estamos ante la oportunidad de que el juez pueda abrir las puertas que quiera para la mejor solución de las controversias, quedando atentos a las futuras normas que precisan numerosas cuestiones que se plantean en esta obra.

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El Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Públicode Justicia, está tramitándose en el momento en que los autores escriben sobre el mismo. Este Anteproyecto se ubica dentro del denominado “Plan Justicia2030” el cual hace alusión a la agenda 2030 de las Naciones Unidas que incorpora la paz y la seguridad entre sus 17 objetivos, uno de ellos, el ODS 16 incide en “Promover sociedades pacíficas, justas e inclusivas”. La presente obra se focaliza en las novedades que se proponen para los medios adecuados de solución de controversias (MASC) que se incluyen en su titulo primero. Es el aspecto fundamental de esta reforma. En realidad, en nuestro ordenamiento jurídico ya se dispone de regulación, de un lado, de la mediación, regulada en la Ley 5/2012, de 6 de julio y en el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, de otro lado; de la conciliación, a que se refiere la Ley 15/2015, de2 de julio, la Ley de la jurisdicción voluntaria, teniendo en cuenta además que, las leyes de enjuiciamiento prevén la actividad conciliadora de los tribunales en diversos momentos del procedimiento. En la mediación y en la conciliación (ahora se le llama conciliación privada) hay modificaciones al mismo tiempo que se regulan aspectos nuevos y se proponen otros medios adecuados de solución de controversias como son la oferta vinculante confidencial, la opinión de un experto independiente, y aquellas que se establecen en la legislación especial, pero es que, además, deja abierta la puerta a la introducción de otras vías negociales. En este escenario, los prologuistas y autores nos recuerdan el valor de los MASC, también del proceso, señalando que son plenamente compatibles. La gran aportación de este trabajo es la de fijar ideas novedosas para la practica judicial, para la sociedad, para los ciudadanos, con una vocación de permanencia en el tiempo, señalando que estamos ante la oportunidad de que el juez pueda abrir las puertas que quiera para la mejor solución de las controversias, quedando atentos a las futuras normas que precisan numerosas cuestiones que se plantean en esta obra.

Datos del producto

Editorial: J.M. BOSCH EDITOR
ISBN: 9788419045249
Publicación: 12/2021
Formato: Rústica
Número de páginas: 208

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